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Hasta el surfer más audaz termina en el agua

El año nuevo arrancó con un decreto que reformula el espionaje: más secreto, menos control, mayor autonomía de las Fuerzas Armadas y una hipertrofia del aparato de inteligencia. Pero el año viejo había terminado con una mala noticia para Milei y Bullrich, porque un juez declaró nulo el Protocolo Antipiquetes. El Método Valentina Bassi y cómo utilizarlo.

Un estudio del Centro de Economía Política Argentina revela que en el Presupuesto 2026 Su Excelencia sólo aumentó el gasto público en un rubro: el espionaje. Habrá menos recursos para escuelas técnicas, educación en general, ciencia y políticas sociales, pero florecerá la Secretaría de Inteligencia de Estado, con de y sin del, que es como se llama desde que el gobierno libertario resolvió su hipertrofia y su centralización antidemocrática.

La primera noticia oficial conocida el 1° de enero fue el decreto de necesidad y urgencia 941/25, que puede descargarse completo aquí. Según analizó el Centro de Estudios Legales y Sociales, “es inconstitucional y peligroso”, y “debe ser rechazado por el Congreso y el Poder Judicial”. El fondo, según el CELS, es que “el Gobierno pone al Estado al servicio del espionaje interno”.

Para el CELS, las modificaciones tienen seis características:

La primera, que “la SIDE deja de enfocarse en la seguridad nacional para dedicarse a la contrainteligencia sobre cualquier amenaza interna o externa a la política del gobierno”.

La segunda, que amplía al máximo el secreto, contempla “la posibilidad de que los agentes de inteligencia detengan personas”, fortalece la autonomía militar y estimula “el acopio masivo de nuestros datos”.

La tercera, que el intento de construir un Plan de Inteligencia Nacional abarca a enemigos internos como “anarquistas, comunidades indígenas, periodistas y distintos actores que ‘deslegitimen’ al gobierno o a sus políticas”.

Cuarta característica: la SIDE puede pedir el apoyo de las Fuerzas Armadas, las fuerzas de seguridad federales y fuerzas provinciales, y todo el personal afectado “queda habilitado para actuar bajo las mismas condiciones de secreto”.

La quinta, que el DNU “convierte a todas las agencias del Estado, como el ARCA o el Renaper, en fuentes que deberán entregar información de la ciudadanía sin ningún tipo de control”.

Sexta: “la información obtenida por la SIDE podrá compartirse con otras agencias de inteligencia del mundo sin autorización judicial y bajo el más absoluto secreto”. 

Como se desprendía del libro de Walter Block regalado por Su Excelencia al gabinete, tema analizado aquí mismo, “Defendiendo lo indefendible” no es sólo el título de una provocación intelectual. Se trata, para la ultraderecha gobernante, de reformar la Constitución de facto, por DNUs como éste o el 70 de 2023, como un modo de oficializar la reforma completa de la sociedad. 

Jugo de ultraderecha

Si hay algo de nuevo en las ideas y la práctica de Javier Milei y su equipo es la síntesis. Quien quiera entender el objetivo puede estudiar las distintas variantes que adoptó la extrema derecha en la Argentina a lo largo de la historia y en el mundo como mínimo desde la crisis de 2008. Hay condimentos de integrismo católico, extremismo evangélico, ultraortodoxia judía, práctica acumulativa de datos de inteligencia a través de las dictaduras, restricción de libertades individuales, vuelta a las políticas rentistas de José Alfredo Martínez de Hoz como recordó aquí Arnaldo Bocco, y un combate permanente no contra el Estado en general sino contra el Estado de bienestar. El desmonte de las estrategias oficiales sobre discapacidad, que relata con detalle Valentina Bassi en esta edición, es también parte de la defensa de lo indefendible. El darwinismo social de los libertarios no tiene límites y además juega al exhibicionismo de esa falta de límites.

A esa voluntad de poder se opusieron Bassi y el grupo de actrices que optaron por un camino poco transitado por la oposición política: cercanía con los problemas concretos, nitidez, creatividad, transversalidad e insistencia, mucha insistencia. Pero no es cuestión de banalizar las cosas y decir, ahora, “Valentina Presidenta”, sino de analizar cuándo las estrategias de oposición a medidas de Su Excelencia generan empatía en la sociedad y el Congreso o, al menos, se tornan irreprochables y difíciles de ser atacadas. Lo primero es muchísimo. Un montón, se diría. Lo segundo no es poco en medio del Gran Hermano que pretenden instalar Su Excelencia, el superministro locuaz Luis Caputo, el superministro silencioso Mario Lugones, la hermana no votada de Su Excelencia y el resurgido Santiago Caputo. 

Bullrich dio vuelta la pirámide

A ese equipo hay que sumarle la nueva estrella del Senado, la presidenta del bloque violeta de senadores Patricia Bullrich. Como en la Justicia existen excepciones a la regla macrista  –pocas, pero las hay–  Bullrich optó por presentar como un triunfo lo que había sido una clara derrota de su Protocolo Antipiquetes, en rigor una simple resolución del Ministerio de Seguridad que se pretende superior a las leyes, la Constitución y los tratados internacionales. Como la pirámide de Kelsen, pero al vesre.

Resulta que un juez federal en lo Contencioso Administrativo, Martín Cormick, sentenció que el Protocolo de Bullrich es nulo e inconstitucional. El Gobierno apeló y Cormick, naturalmente, concedió la apelación. Esto fue presentado por Bullrich, que sigue siendo la cara del control de la calle, como si su Protocolo siguiera vigente. Y es falso. Es nulo mientras otra instancia no falle lo contrario. 

Al contrario de la senadora Bullrich, Cormick no puso la pirámide patas arriba. Y encima se tomó el trabajo de explicarlo en 40 páginas, que pueden leerse completas haciendo click acá.

Derechos

En los considerandos, el juez recuerda que “los derechos consagrados en nuestra Constitución Nacional y los tratados incorporados a ésta constituyen la ley fundamental y sustento de todo el ordenamiento jurídico (art. 31 CN)”. También cita el artículo 14, que incluye el derecho de “peticionar a las autoridades”.

En otra parte escribe Cormick que el Poder Ejecutivo no puede “regular derechos dictando actos administrativos”. El Protocolo sería uno de ellos. Una módica resolución administrativa emanada del Poder Ejecutivo no puede alterar los derechos constitucionales.

Ropaje

Según el juez, “bajo el ropaje de un Protocolo interno y por medio de una Resolución Ministerial” se regulan derechos constitucionales y emanados de convenciones internacionales y se modifica el alcance del Código Penal. Así, “el Ministerio asume, solapada pero efectivamente, competencias legislativas que no le son propias”. El Ministerio de Seguridad carece de competencia para regular derechos o modificar los alcances del Código Penal. 

Por éstos y otros motivos, Cormick considera que la Resolución 943/23 (el Protocolo) es ilegítima y por lo tanto “corresponde declarar su nulidad”. 
Nada permite concluir que la partida terminó. Ni la del Protocolo ni la que agiganta los servicios de inteligencia. Tampoco la pelea por los derechos de los discapacitados como representación extrema de la búsqueda de justicia. En un mes, el Congreso discutirá el proyecto de destrucción de la legislación laboral colectiva, que Su Excelencia llama “modernización”. Si también los partidos políticos, la CGT y las CTA parten de un diagnóstico realista, que aquí desarrolla Cristian Módolo, y usan el Método Bassi, quizás el 2026 no pinte con los colores que imagina Su Excelencia. Hasta los surfers más audaces terminan estrepitosamente en el agua.

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